Empresas son fiscalizadas por la ausencia de Encargado de Datos

A finales del año 2024, la ANPD inició un proceso de fiscalización de empresas de gran porte, como por ejemplo Dell, Bluefit Academia, Latam, Serasa, Uber, Telefónica y Telegram, entre otras, por supuestamente no poseer encargado de datos o un canal de comunicación eficiente, en desacuerdo con la Ley General de Protección de Datos – LGPD.

Conforme lo previsto en el art. 41 de la LGPD, es obligación de todo Controlador de Datos, indicar un encargado, responsable de atender las solicitudes de titulares de datos y de la propia ANPD (Autoridad Nacional de Protección de Datos – agencia reguladora). El Encargado será responsable de aceptar reclamaciones y comunicaciones de los titulares, prestar aclaraciones y adoptar providencias, recibir comunicaciones de la autoridad nacional y adoptar providencias, orientar a los empleados y contratados de la entidad respecto a las prácticas a ser tomadas en relación a la protección de datos personales, y ejecutar las demás atribuciones determinadas por el controlador o establecidas en normas complementarias. A pesar de no ser exigido, se recomienda que haya un instrumento formal de nombramiento del Encargado de Datos, atribuyendo sus funciones y responsabilidades en el cumplimiento de la LGPD.

Vemos, entonces, que el Encargado sirve como un mecanismo de auxilio de las empresas, para que esta posea un medio de comunicación eficaz, posibilitando el fácil acceso de los titulares al ejercicio de sus derechos. La eficacia de la comunicación garantiza el cumplimiento de los principios legales que fundamentan la LGPD, especialmente el de la transparencia y del libre acceso, no bastando el nombramiento de un Encargado si el acceso y comunicación con los titulares es ineficaz o dificultoso. Inclusive, en el caso de startups, pequeñas y medianas empresas, donde la figura del Encargado de Datos es dispensada, conforme Resolución nº 02 de 2022 de la ANPD, permanece como obligación del Controlador de Datos disponibilizar un canal de comunicación para los titulares, de modo que las demás obligaciones y principios legales de la LGPD sean cumplidos.

La acción de la ANPD integra su ciclo de mapeo y va de encuentro a los temas prioritarios de la Agencia para los años de 2024 y 2025, garantizando los derechos de los titulares.

Aunque se hayan mencionado empresas específicas, la fiscalización enfatiza la importancia del cumplimiento de la Ley General de Protección de Datos (LGPD) por todas las organizaciones. Además, incentiva que los titulares de datos presenten reclamaciones cuando sus informaciones no sean adecuadamente protegidas.

Para las empresas que aún no se han adecuado, el mensaje es para que lo hagan urgentemente. Ya para aquellas que fueron fiscalizadas, es necesaria la presentación de un cronograma de regularización.

La falta de presentación de la planificación y estructuración y la inobservancia de las normas de protección de datos pueden resultar en sanciones administrativas (que van desde cuantiosas multas hasta suspensión y extinción de la actividad de tratamiento de datos) para las empresas, además de fomentar desconfianza entre clientes e inversores, de forma a comprometer la reputación de la organización. Manucci Advogados está a disposición para aclarar a aquellos que desean implementar o revisar sus proyectos de LGPD, verificando y garantizando la regularidad de sus procedimientos a la normativa y orientaciones de la ANPD.

Comunicação Manucci Advogados

Sócio

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